| En
Sesión de Consejo Ejecutivo Nº 550 EXTRAORDINARIO,
efectuado en la Sede Institucional, Av. Bustamante 86, Providencia,
el Consejo llegó a los siguientes acuerdos:
1.
Sobre responsabilidades de los Jefes de Operaciones
En relación con la contabilidad que
deben llevar los Cuerpos de Bomberos y teniendo presente que hay
algunos en que es necesaria la asistencia profesional para que
puedan rendir adecuadamente sus cuentas, de acuerdo con la circular
E41, teniendo en cuenta la independencia de los Cuerpos de Bomberos
como corporaciones de Derecho Privado con personalidad Jurídica,
se acuerda instruir a los Presidentes Regionales a fin
de que ordenen a sus respectivos Jefes de Operaciones que, en
el contexto de sus obligaciones que están establecidas,
visiten a los Cuerpos de Bomberos de tal modo que puedan ayudarles
a ordenar y rendir sus cuentas correctamente y en el tiempo oportuno.
2.
Antecedentes para tomar acuerdo respecto de la nueva circular
E41
ACUERDO: Escuchadas las
distintas opiniones de los miembros del Consejo Ejecutivo y del
Sr. Milton Rozas, respecto de la nueva versión de la circular
E41, se acuerda, antes de resolver, enviar las
dos versiones (1990 y 2008) a los Presidentes Regionales pidiéndoles
opinión respecto de la nueva circular, de modo que en la
próxima Sesión de Consejo, que se realizará
el lunes 21 de enero, considerando las opiniones recibidas, pueda
resolverse respecto del documento indicado.
Se enviará nota inmediatamente a los Presidentes Regionales
con las versiones señaladas y se esperará sus opiniones
hasta el viernes 18 de enero.
3.
LICITACIONES. PROPUESTAS DE MATERIALES.
A base del Informe del Vicepresidente Nacional
señor Jara, se acuerda lo siguiente en los procesos de
licitación que a continuación se detallan:
1.-
Licitación Nº 09/2007 para la adquisición de
pitones para Bomberos:
a) Eliminar la oferta de
la empresa Iturri S.A. por no informar en su oferta el periodo
de garantía de los productos ofertados, como expresamente
se solicita en la cláusula vigésima de las Bases
Administrativas. Además, la oferta para el ítem
2 no cumple lo solicitado en las Bases Técnicas, al presentar
un pitón con galonaje regulable desde 90 a 200 GPM y se
solicitó un galonaje disponible desde 30 GPM a 200 GPM.
b) Eliminar la oferta de
la empresa Pesco S.A. para los ítem 1 y 3 por no cumplir
con la presentación conforme de lo solicitado al entregar
muestra distinta al producto ofertado. En efecto, para el ítem
1, en la oferta Técnica se oferta el producto marca Shilla
Fire modelo 13 DBS de 30 a 125 GPM y la muestra acompañada
presenta galonaje regulable desde 40 a 125 GPM. El ítem
3 para el producto Shilla Fire modelo 13 BPS, se oferta con galonaje
de 95 a 250 GPM y la muestra acompañada presenta galonaje
regulable desde 120 a 250 GPM.
c) Someter
al proceso de evaluación Técnica y Económica
contemplada en la cláusula novena de las Bases Administrativas
a la oferta de la empresa Pesco S.A. en el ítem 4 para
el producto marca Shilla Fire modelo SL-23HMY, por haber presentado
la totalidad de los documentos exigidos en las Bases Administrativas
y Técnicas.
d) Someter al proceso de evaluación Técnica
y Económica contemplada en la cláusula novena de
las Bases Administrativas a la oferta de la empresa Impomak S.A.
en los 4 ítem para sus productos marca Protek, por haber
presentado la totalidad de los documentos exigidos en las Bases
Administrativas y Técnicas.
2.-
Licitación Nº 10/2007 para la adquisición de
Botas para Bomberos:
a) Eliminar la oferta de la empresa South
Dakota S.A. para su producto Marca Thorogood Hellfire modelo 807-6003
por no cumplir con lo solicitado en la cláusula décima
de las Bases Administrativas al presentar muestra de bota de un
solo píe. Al respecto las Bases Administrativas y Técnicas
solicitaban la entrega en demostración de una muestra del
producto ofertado y en las Bases Técnicas se hace mención
expresa que el producto a adquirir por Bomberos de Chile es "pares
de Botas". Además, la muestra presentada se entrega
en talla Nº 43 y expresamente se solicitó una muestra
talla Nº 41, para efectos de comparar de igual forma todas
las ofertas.
b) Eliminar la oferta de
la empresa South Dakota S.A. para su producto Marca Servus modelo
1454 por no cumplir con la presentación conforme de la
muestra solicitada en la cláusula décima de las
Bases Administrativas al presentar muestra de bota en talla Nº
42 y medio y expresamente se solicitó en las Bases Técnicas
una muestra talla Nº 41, para efectos de comparar de igual
forma todas las ofertas. Además, la bota no presenta protección
frontal contra golpes como se solicita en las Bases Técnicas.
c) Someter al proceso de evaluación Técnica
y Económica contemplada en la cláusula novena de
las Bases Administrativas a la oferta de la empresa Catecu S.A.
para su producto marca Bata modelo Flama, por haber presentado
la totalidad de los documentos exigidos en las Bases Administrativas
y Técnicas.
3.-
Licitación Nº 11/2007 para la adquisición de
Guantes para Bomberos:
a) Eliminar la oferta de
la Empresa Improfor Ltda. para su producto marca Shelby modelo
5227, por presentar una muestra del producto ofertado con certificación
NFPA 1971 edición 2000 y en las Bases Técnicas expresamente
se solicitó certificación NFPA 1971 edición
2007.
b) Rechazar
la oferta de la empresa Pesco S.A.
para su producto marca American Firewear modelo 6500 Black Cowhide
, por no convenir a los intereses de Bomberos de Chile.
c) Aprobar
un nuevo llamado a Licitación para la adquisición
de Guantes para bomberos, aprobando las Bases Técnicas
y Administrativas, autorizando las acciones pertinentes para el
inmediato llamado a licitación.
4.-
Licitación Nº 12/2007 para la adquisición de
Esclavinas para Bomberos:
a) Eliminar la oferta de
la empresa South Dakota S.A. para su producto marca Quest Fire
Apparel Inc. por cotizar un producto distinto al solicitado para
la opción 2. El proveedor ofertó un producto fabricado
de PBI/Lenzing y lo solicitado en las Bases Técnicas fue
PBI Gold (PBI/Kevlar). Las Bases del proceso exigen a los proveedores
presentar ofertas válidas en los 2 opciones (100% Nomex
y PBI Gold) para efectos de evaluación, por lo que la eliminación
de la opción 2 acarrea la eliminación de la oferta
en su totalidad.
b) Eliminar la oferta de
la empresa Pesco S.A. para su producto marca American Firewear
en 2 alternativas, por cotizar un producto distinto al solicitado
para la opción 2. El proveedor ofertó un producto
fabricado de PBI/Lenzing y lo solicitado en las Bases Técnicas
fue PBI Gold (PBI/Kevlar). Las Bases del proceso exigen a los
proveedores presentar ofertas validas en los 2 opciones (100%
Nomex y PBI Gold) para efectos de evaluación, por lo que
la eliminación de la opción 2 acarrea la eliminación
de la oferta en su totalidad.
c) Eliminar la oferta de
la empresa Improfor Ltda. para su producto marca PGI por cotizar
un producto distinto al solicitado para la opción 2. El
proveedor ofertó un producto fabricado de PBI/Lenzing y
lo solicitado en las Bases Técnicas fue PBI Gold (PBI/Kevlar).
Las Bases del proceso exigen a los proveedores presentar ofertas
válidas en los 2 opciones (100% Nomex y PBI Gold) para
efectos de evaluación, por lo que la eliminación
de la opción 2 acarrea la eliminación de la oferta
en su totalidad.
d) Someter
al proceso de evaluación Técnica y Económica
contemplada en la cláusula novena de las Bases Administrativas
a la oferta de la empresa Codigo33 Ltda. para sus productos marca
Majestic Fire Apparel modelos PAC IA y PAC II, 100% Nomex para
la opción 1 y PBI GOLD en la capa externa y PBI normal
en la capa interna para la opción 2, por haber presentado
la totalidad de los documentos exigidos en las Bases Administrativas
y Técnicas.
5.-
Licitación Nº 13/2007 para la adquisición de
Implementos de Entrada Forzada e Iluminación para Bomberos:
a) Eliminar la oferta de
la empresa Iturri S.A. por no informar en su oferta el periodo
de garantía de los productos ofertados, como expresamente
se solicita en la cláusula vigésima de las Bases
Administrativas. Además en el ítem 1 (hachas) se
oferta el producto marca Protec Fire modelo 9461 el que se presenta
con mango de fibra de vidrio en la Oferta Técnica y se
entrega muestra con mango de madera, lo que no permite evaluar
correctamente la oferta. En el ítem 2 presenta producto
marca Protec Fire modelo no indicado, producto que no se enmarca
dentro de lo solicitado, ya que se oferta un producto distinto
de un Haligan, de dimensiones inferiores a lo solicitado y no
presenta muescas antideslizantes en su mango como se solicita
en las Bases Técnicas. En el ítem 4 presenta producto
marca Light Hawk modelo 07850, oferta que no se enmarca dentro
de lo solicitado en las Bases. El producto ofertado corresponde
más bien a lo solicitado en el ítem 3. Sin perjuicio
de lo anterior, tampoco califica para ser aceptada como oferta
para el ítem 3 por cuanto no acompaña cargador a
12 Volt. para ser instalado en vehículo.
b) Eliminar la oferta en
el ítem 4 de la empresa Codigo 33 Ltda. para su producto
marca Pelican modelo Big Ed 3750, por no acreditar en su oferta
el cumplimiento de aprobaciones de seguridad Clase II división
2 como se solicita en las Bases Técnicas.
c) Someter al proceso de evaluación Técnica
y Económica contemplada en la cláusula novena de
las Bases Administrativas a la oferta de la empresa Codigo33 Ltda.
para sus productos marca Fire Hooks Unlimited en el ítem
1, Streamlight modelo Fire Vulcan en el ítem 3 y marca
Streamlight modelo Survivor Bulbo Halógeno en el ítem
4, por haber presentado la totalidad de los documentos exigidos
en las Bases Administrativas y Técnicas.
d) Someter al proceso de evaluación Técnica
y Económica contemplada en la cláusula novena de
las Bases Administrativas a la oferta de la empresa El Ingenio
Ltda. para sus productos marca Streamlight modelo Fire Vulcan
en el ítem 3 y marca Streamlight modelo Survivor Bulbo
Halógeno y Survivor LED en el ítem 4, por haber
presentado la totalidad de los documentos exigidos en las Bases
Administrativas y Técnicas.
e) Someter al proceso de evaluación Técnica y Económica
contemplada en la cláusula novena de las Bases Administrativas
a la oferta de la empresa Pesco S.A. para sus productos marca
Apollo en el ítem 1, Paratech modelo Estándar en
el ítem 2, Streamlight modelo Fire Vulcan en el ítem
3 y Streamlight modelo Survivor Bulbo Halógeno en el ítem
4, por haber presentado la totalidad de los documentos exigidos
en las Bases Administrativas y Técnicas.
f) Someter al proceso de evaluación Técnica y Económica
contemplada en la cláusula novena de las Bases Administrativas
a la oferta de la empresa Improfor Ltda. para sus productos marca
Streamlight modelo Fire Vulcan en el ítem 3 y marca Streamlight
modelo Survivor Bulbo Halógeno y Survivor LED en el ítem
4, por haber presentado la totalidad de los documentos exigidos
en las Bases Administrativas y Técnicas.
6.-
Licitación Nº 14/2007 para la adquisición de
Herramientas Hidráulicas (Extricación):
a) Eliminar la oferta de
la empresa South Pacific en sus 3 alternativas, por no acompañar
certificado de cumplimiento de norma EN 13204 para el Cilindro
Telescópico modelo R-430, ofertado en las 3 alternativas.
Además, el Formulario Económico en la alternativa
1, opción CIF, presenta errores entre el precio unitario
ofertado y el precio total por lo que no se puede determinar el
precio ofertado. La oferta presentada como alternativa 3, no incluye
el cabrestrante obligatoriamente solicitado a los sistemas de
doble manguera, como se solicita en las Bases Técnicas
y se ratifica expresamente en el documento denominado "Respuestas
a consultas efectuadas por proponentes del proceso de licitación
Nº 14/2007 para la adquisición de Herramientas Hidráulicas"
de fecha 14 de diciembre de 2007, que pasó a formar parte
integrante de las Bases de Licitación del proceso.
b) Someter al proceso de evaluación Técnica
y Económica contemplada en la cláusula novena de
las Bases Administrativas a la oferta de la empresa Eurocomercial
para la marca Weber Hidraulic, por haber presentado la totalidad
de los documentos exigidos en las Bases Administrativas y Técnicas.
c) Someter al proceso de evaluación Técnica y Económica
contemplada en la cláusula novena de las Bases Administrativas
a la oferta de la empresa Impomak S.A. para la marca Holmatro,
por haber presentado la totalidad de los documentos exigidos en
las Bases Administrativas y Técnicas.
Disponer
el cumplimiento de los acuerdos antes señalados, sin que
para ello sea necesario esperar la aprobación del acta
en sesión posterior
Hans
Leiva Latorre
SECRETARIO NACIONAL |
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Miguel
Reyes Núñez
PRESIDENTE NACIONAL |
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