Santiago, 09 de Setiembre de 2010
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27-01-2010
Distribución de la subvención fiscal para Gastos de Operaciones e Inversiones de Cuerpos de Bomberos
 
Para el 2010.

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) aprobó la  distribución de la subvención fiscal contemplada en la ley de Presupuestos de la Nación para el año 2010 respecto de  Gastos de Operaciones de Cuerpos de Bomberos e Inversiones de los mismos.

Dichas sumas de dinero serán distribuidas por la SVS mediante cuatro cuotas trimestrales pagaderas  en los meses de enero, abril, julio y octubre, debiendo los Cuerpos de Bomberos receptores estar al día en sus rendiciones de cuentas de los años anteriores y mantener vigente su inscripción en el Registro de Personas Receptoras de Fondos Públicos mediante la presentación de los documentos que se indican a continuación.

Al 30 de marzo del presente año,  cada Cuerpo de Bomberos deberá haber presentado en su respectiva Gobernación Provincial o Intendencia Regional el Balance de Ingresos y Gastos del año 2009.  Asimismo, a partir del presente año, los Cuerpos de Bomberos deben acompañar a la referida rendición de cuentas copia del Inventario Físico que conforman los Bienes del Cuerpo de Bomberos y sus Compañías, de acuerdo a lo establecido en la circular 1899 de 2008 de la SVS.

De igual manera, los Cuerpos de Bomberos deben presentar ante la Secretaría Regional Ministerial de Justicia una copia del balance presentado a la Gobernación o Intendencia, Memoria Anual y Copia del Acta de Elección de Oficiales Generales y Nomina de integrantes del Directorio General con Nº de Rut, lo que permitirá obtener el certificado de vigencia de la Personalidad Jurídica.  Copia del Balance, del Acta de Elección y del Certificado de Vigencia deben remitirse a la SVS y a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile de acuerdo a lo dispuesto en la ley de Presupuestos. 
 
Los referidos recursos fiscales son distribuidos por la SVS a proposición fundada de la Junta Nacional,  quien para elaborar su propuesta técnica ha  tomado en  consideración  los siguientes parámetros de distribución:

  • Población
  • Vivienda
  • Edificación en Altura
  • Información Financiera Histórica de los Cuerpos de Bomberos

Dichos parámetros serán revisados a partir del presente año con el objeto de incorporar nuevas variables objetivas para la distribución de los recursos fiscales a distribuir a partir del año 2011.


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