Hoy la Cámara Baja aprobó en segundo trámite constitucional el Proyecto de Ley que permitirá realizar las elecciones de todos aquellos Cuerpos de Bomberos y de la Junta Nacional, que a la fecha no hayan realizado sus elecciones.

Hoy la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en segundo trámite constitucional por 119 votos a favor, el Proyecto de Ley que permitirá realizar las elecciones de todos aquellos Cuerpos de Bomberos y de la Junta Nacional, que a la fecha no hayan realizado sus elecciones por aplicación de la Ley N°21.239, que prorrogó la vigencia de sus Directorios.
En efecto, a partir de la declaración del Estado Constitucional de Catástrofe por la pandemia del covid-19, en marzo del año 2020, se produjeron numerosas alteraciones de la vida en sociedad, producto de lo cual se aprobó y publicó la Ley 21.239 que prorrogó la vigencia de los Directorios de las corporaciones, fundaciones y otras instituciones de la sociedad civil, impidiendo la renovación de los Directorios durante la vigencia del Estado de Excepción Constitucional que se ha extendido por más de un año.
No obstante, a las disposiciones de la norma antes citada, numerosos Cuerpos de Bomberos procedieron a renovar sus Directorios, siendo algunos de ellos, objeto de acciones de impugnación ante los Tribunales de Justicia, y otros Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional acatando las disposiciones de la Ley, no renovaron sus directivas. Ante este escenario, la propia Junta Nacional fue quien recurrió a los Senadores Ricardo Lagos, Ximena Rincón, Alfonso De Urresti, Rodrigo Galilea, e Iván Moreira, para que mediante una moción parlamentaria presentaran un proyecto de ley con el fin de permitir que los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional pudieran realizar normalmente las elecciones de sus Directorios.
Este proyecto de ley queda ahora en condiciones de ser promulgado como Ley de la República por S. E. el Presidente de la República, lo cual se espera que ocurra dentro de los próximos días.
El texto del proyecto de ley es del siguiente tenor:"Artículo único. Los Cuerpos de Bomberos y la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile, integrantes del Sistema Nacional de Bomberos, quedarán habilitados para realizar sus procesos eleccionarios en conformidad a las disposiciones de sus estatutos y reglamentos.Las elecciones realizadas a partir de diciembre del 2020 por los Cuerpos de Bomberos, con observancia de las disposiciones de sus estatutos y reglamentos, tendrán pleno valor."